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Acuerdo Juzgados de Familia de Alicante sobre el régimen de guarda, custodia compartida y visitas

Miguel Torregrosa Román

24/03/2020

Ayer, en nuestro artículo, os explicábamos el modo de proceder, para aquellos progenitores que se encontraban sometidos al régimen de guarda, custodia y visitas ante esta excepcional situación por la crisis sanitaria.

En el mismo, reflejamos la inseguridad jurídica por la que atravesábamos y, en especial, en materia de familia, siendo el propio Consejo General del Poder Judicial el que determinó que debía ser el Juez de cada procedimiento el que decidiese en cada caso sobre la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia.

Esta situación generaba una gran incertidumbre en todas aquellas personas que se veían afectadas y, además, podía suponer una sobrecarga para los Tribunales conocedores de cada uno de los procedimientos. Por ello, los Juzgados de Familia de Alicante han unificado criterios en tal sentido, acordando lo siguiente:

El estado de alarma decretado como consecuencia de la crisis sanitaria generada por el COVID-19 no suspende el intercambio de los menores entre parejas separadas y con el régimen de custodia compartida, no obstante, para el supuesto de parejas separadas sometidas a la custodia individual, el régimen de visitas sí que va a verse suspendido.

Debemos dejar claro que, esta unificación de criterios corresponde a los Juzgados de Familia de Alicante, sin tener ningún tipo de noticias respecto al resto de Tribunales debiendo quedar a lo dispuesto en el comunicado referenciado con anterioridad, y cuyo enlace os dejamos a continuación: Sobre la custodia compartida y el regimen de visitas durante el estado de alarma generado por el COVID-19.

Desde TDM Asesores Jurídicos – Tax&Legal, queremos instar a todas aquellas exparejas que se encuentren en esta situación a que sean conscientes de la situación tan excepcional en la que nos encontramos y sean flexibles en aras del beneficio del menor.